Declaración de la Renta 2023 | Como declarar las criptomonedas y los NFTs a Hacienda

Cada vez son más los inversores en criptomonedas, y Hacienda lo sabe. Era de esperar que desde Hacienda se apresuraran a sacar la máxima tajada posible de los amantes de las criptomonedas y los NFTs, imponiéndoles modelos sancionadores declarados anticonstitucionales por parte de la justicia europea.

Con la excusa de hacer frente al fraude fiscal, estos modelos obligan a los contribuyentes en posesión de NFTs y criptomonedas a informar a Hacienda de las transacciones que han realizado en el año anterior.

En esta guía sobre la Renta 2023, veremos en que casos estamos exentos de declarar las criptomonedas y los NFTs, y qué factores hay que tener en cuenta a la hora de presentar la declaración de la Renta 2022.

¿Quién debe declarar sus criptomonedas?

Deben declarar las criptomonedas los usuarios que hayan obtenido ingresos de más de 1000 euros el pasado año 2021. Si obtuviste, por cualquier actividad, más de 1000 euros el año pasado y además generaste ingresos con las criptomonedas, estás obligado a declararlas aunque hayas generado ingresos mínimos. Por el contrario, si no alcanzaste el pasado año la cifra de los 1000 euros no tienes por qué presentar declaración. Para el caso de haber sufrido pérdidas se recomienda (no es obligatorio) presentar la declaración de la Renta pues puede beneficiarte.

¿Cómo declarar las criptomonedas a Hacienda?

Es importante destacar que ni la compra ni la posesión de criptomonedas conllevan algún tipo de obligación a presentarlas en la Declaración de la Renta. Se declara solo cuando se obtienen ganancias, por lo tanto, cualquier tipo de ganancia debe ser declarada. Estos son los tipos de ganancia que encontramos:

  • Las operaciones de compra y venta de criptomonedas.
  • Rendimientos de capital generadas por las plataformas de criptomonedas (staking).
  • Otras formas de generar ganancias y pérdidas como airdrops, programas de referidos, etc. 
  • Minería de criptomonedas.
  • Operaciones de criptomonedas en nombre de terceros.

Por lo tanto, si durante el año 2021 has obtenido beneficios por cualquiera de estas vías debes indicarlo en la declaración de la Renta, especialmente si son grandes cantidades.

Para incluir las actividades derivadas de la compra y venta de criptoactivos en nuestra declaración, debemos ir al apartado de «Ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de la transmisión de otros elementos patrimoniales» y dirigirnos a la casilla 1626, diseñada para informar sobre monedas virtuales. Por otro lado los rendimientos procedentes del staking y otros intereses deben indicarse en el apartado de «Ganancias y pérdidas no derivadas de la transmisión de elementos patrimoniales».
 
Otro caso es el del Impuesto sobre el patrimonio. Esta obligación varía según la comunidad autónoma. En este caso hay que presentar el modelo 714 junto a la Renta si se está en posesión de un patrimonio y de una cantidad de criptomonedas que sumados alcanzan la cifra estipulada por la comunidad autónoma. Dicha cifra ronda los 600.000 euros, por lo que para el caso de pequeños inversores no es un impuesto a tener en cuenta.
 
Aparte de la declaración de la Renta, hay otro documento que hay que rellenar (a final de año) si se está en posesión de criptomonedas en el extranjero. Las personas que dispongan de más de 50.000 euros en criptomonedas en exchanges o carteras en el extranjero a final de año, están obligadas a presentar el modelo 720. Por lo que no es necesario presentarlo si la cantidad de criptomonedas es pequeña.

¿Como tributan las criptomonedas?

Las criptomonedas tributan según un sistema de escalones que comienza desde los 0 euros con un valor bastante alto, 19% de la ganancia patrimonial, ayudando a los pequeños inversores, nótese la ironía.

  • Un 19% desde 0 a 6.000 euros.
  • Un 21% desde los 6.000 euros hasta los 50.000 euros.
  • Un 23% desde 50.000 hasta 200.000 euros.
  • Un 26% desde 200.000 euros en adelante.

¿Qué ocurre con los NFTs?

En términos generales, los NFTs están sujetos a las mismas obligaciones que las criptomonedas. Si, por ejemplo, has comprado un NFT a 2000 euros y lo has vendido a 4000, esos 2000 euros de ingresos extra deben ser declarados. Si por el contrario has sufrido pérdidas con la compra y venta de NFTs, se recomienda declarar estas pérdidas en la declaración.

Aunque en el caso de los NFTs la legislación aún no es clara sobre como deben de ser declarados, las empresas inmersas en el negocio de los NFTs deben informar a Hacienda de las operaciones realizadas.

Sin embargo, debido a la cantidad de famosos sumergidos en el mundo de los NFTs no es de extrañar que proximamente surja algún modelo estricto para declarar los tokens no fungibles (NFTs).

 

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